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Madrid Normativa MTB Sierra de Madrid

juanotopo

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Hola buenos dias, quisiera haceros una pregunta a ver si alguno sabe o me indica donde se puede preguntar, que normativa existe para el uso de una MTB en la sierra de Madrid (Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama).

El tema es que cuando salgo hay gente que me comenta que esta prohibido circular por ciertos sitios (senderos fuera de pista sobre todo) y que estas expuesto a multa por parte de la autoridad competente y la verdad es que hace tiempo escuche algo de esto, pero no he podido encontrar un documento oficial que indique por donde esta prohibido circular.

Alguno tiene alguna informacion?

GRacias.
 

juanotopo

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El enlace del PRUG es relativo a Castilla León, no a la comunidad de Madrid que es a lo que yo me refería.

El otro enlace solo hace referencia a las normas básicas de acceso, pero a lo que yo me refería es a la polémica ley DEL PRUG en la comunidad de Madrid, al tema de no poder circular por pistas o caminos de menos de 3 metros, que no se si eso está vigente o no, pq conozco gente q les han multado y hay zonas donde indican que no se puede circular fuera pista, pero dichos carteles no son legales como se indica en este artículo y esa es mi pregunta.

NO está prohibida la práctica del ciclismo fuera de los caminos forestales | en bici por madrid
 

visperas

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El enlace del PRUG es relativo a Castilla León, no a la comunidad de Madrid que es a lo que yo me refería.

El otro enlace solo hace referencia a las normas básicas de acceso, pero a lo que yo me refería es a la polémica ley DEL PRUG en la comunidad de Madrid, al tema de no poder circular por pistas o caminos de menos de 3 metros, que no se si eso está vigente o no, pq conozco gente q les han multado y hay zonas donde indican que no se puede circular fuera pista, pero dichos carteles no son legales como se indica en este artículo y esa es mi pregunta.

NO está prohibida la práctica del ciclismo fuera de los caminos forestales | en bici por madrid


Me apunto que me interesa.

A lo mejor en la página de IMBA España aparece algo de información, aunque a simple vista no he encontrado nada muy detallado, salvo que el PRUG de la Comunidad de Madrid sigue en fase de aprobación y que, por tanto, la norma vigente es el PORN (Plan de Ordenación de Recursos Naturales). Se puede descargar aquí.

Habría que leerlo completo, pero la referencia a las MTBs está en el art. 4.4.8.17: “La circulación de bicicletas de montaña y velocípedos engeneral en las zonas del ámbito de ordenación que admitan este usose limitará a pistas forestales y caminos abiertos por maquinaria deanchura de plataforma superior a los tres metros, así como a las pistas, caminos, senderos, vías pecuarias, vías de tránsito y rutas tradicionalmente utilizados; salvo en las Zonas de Reserva donde estaráprohibida y sin perjuicio de la regulación que sobre esta actividadestablezcan los instrumentos de gestión de los espacios naturalesprotegidos que se declaren. Las personas que circulen en bicicletasde montaña o velocípedos en general respetarán siempre a los sen-deristas y caballistas, que tendrán prioridad de paso en este orden”.

Como ves, aparte de pistas de 3m de ancho, la ambigüedad está en lo señalado en negrita.
 

juanotopo

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Me apunto que me interesa.

A lo mejor en la página de IMBA España aparece algo de información, aunque a simple vista no he encontrado nada muy detallado, salvo que el PRUG de la Comunidad de Madrid sigue en fase de aprobación y que, por tanto, la norma vigente es el PORN (Plan de Ordenación de Recursos Naturales). Se puede descargar aquí.

Habría que leerlo completo, pero la referencia a las MTBs está en el art. 4.4.8.17: “La circulación de bicicletas de montaña y velocípedos engeneral en las zonas del ámbito de ordenación que admitan este usose limitará a pistas forestales y caminos abiertos por maquinaria deanchura de plataforma superior a los tres metros, así como a las pistas, caminos, senderos, vías pecuarias, vías de tránsito y rutas tradicionalmente utilizados; salvo en las Zonas de Reserva donde estaráprohibida y sin perjuicio de la regulación que sobre esta actividadestablezcan los instrumentos de gestión de los espacios naturalesprotegidos que se declaren. Las personas que circulen en bicicletasde montaña o velocípedos en general respetarán siempre a los sen-deristas y caballistas, que tendrán prioridad de paso en este orden”.

Como ves, aparte de pistas de 3m de ancho, la ambigüedad está en lo señalado en negrita.
Exacto, eso es lo q yo he leído y es lo que entiendo, que sigue en vigor el PORN ya que el PRUG tiene más de 300 alegaciones por parte de IMBA y falta aprobarlo y por lo tanto, como la mayoría de rutas de la Sierra son VÍAS DE TRÁNSITO O RUTAS TRADICIONALMENTE UTILIZADAS entiendo que no pueden multarte.

Por eso no entiendo en los comentarios que oigo por mi zona de que los forestales están mutando si te ven por un sendero, por eso he abierto el hilo, por ver si alguien le han multado o conoce a alguien y cual han sido los motivos.

Saludos.
 
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