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<blockquote data-quote="jota two" data-source="post: 12358" data-attributes="member: 371"><p>Dando una vuelta por internet he encontrado este reportaje sobre la bicicleta y la legislación , no es tan salvaje como el de Castilla La Mancha del compañero Andrés http://www.mtberos.com/general/ufff-ojito-en-castilla-la-mancha/, pero viene bien estar informados...http://ecomovilidad.net/madrid/la-bicileta-y-la-legislacion/</p><p>Hace ya unos meses que el servicio de Bicimad funciona con normalidad. Podemos decir, sin miedo a equivocarnos, que la bici pública en Madrid ha supuesto un antes y un después en la presencia de la bicicleta como un actor central en la movilidad, sobre todo en el distrito centro. Sirva como ejemplo acercase a cualquier eje principal y ver pasar, muy de seguido, bicicletas tanto del servicio de Bicimad como cada vez más bicicletas privadas.</p><p></p><p>Pero esta atracción de usuarios que, por norma general, nunca han usado la bicicleta como un elemento de movilidad también ha traído sombras. Y es que muchos desconocen cómo moverse entre el tráfico o, lo que es peor, creen que no están afectos por ninguna normativa generando situaciones de inseguridad.</p><p></p><p>La bicicleta es un vehículo</p><p></p><p>De primero de autoescuela. La bici, al igual que los ciclomotores o motocicletas, es un vehículo. Esto significa que se rige por el Reglamento General de la Circulación como si de un coche se tratase. En consecuencia, el usuario de la bicicleta ha de atender a su señalización propia allí donde esté presente –fundamentalmente carriles bici- y en el caso de que esta sea inexistente se suple por la señalización general.</p><p></p><p>¿Qué significa esto? Que ese semáforo en rojo hay que respetarlo aunque creas que te puedes incorporar en condiciones de seguridad al tráfico que cruza. Sí, es un fastidio estar esperando entre coches que emiten humos, pero saltarse un semáforo puede suponer una sanción de 200 euros. Idéntico si se rebasa un STOP sin la debida detención: 120 euros de multa.</p><p></p><p>La ordenanza de movilidad hay que cumplirla</p><p></p><p>La ordenanza de movilidad, esa gran desconocida. Esta normativa regula todo aquello no dispuesto en el código de circulación. Es muy recomendable echarle una ojeada porque muchas de las sanciones que puede recibir un ciclista van por aquí.</p><p></p><p>Por ejemplo, un comportamiento cada vez más habitual entre los usuarios de Bicimad es circular a contramano. Un comportamiento que está prohibido salvo que exista señalización habilitante (artículo 39 bis) y que puede tener una sanción administrativa de 150 euros. Otro comportamiento muy habitual y también sancionable (91 euros) es circular escuchando música a través de auriculares.</p><p></p><p>Para otras sanciones entramos en el terreno de la arbitrariedad del agente de turno. Por ejemplo, circular en paralelo está permitido siempre y cuando no se obstaculice la circulación y no se realice en el marco de un carril bus pero ¿Qué es obstaculizar la circulación? Es un concepto tan etéreo y tan abierto a la discrecionalidad de la autoridad que puede devenir en sanción por desacato (240 euros) a poco que se complique la conversación con el agente.</p><p></p><p>Tampoco se puede circular por la acera y/o por las zonas peatonales bajo sanción de 60 euros. Aquí el problema no es tanto la multa sino que nosotros, como ciclistas, podemos poner en riesgo la integridad del siguiente usuario de la vía más débil que nosotros: el peatón. Las indemnizaciones en este caso, por vía judicial, pueden superar ampliamente los 10.000 euros y los tendremos que pagar dado que los seguros no cubren imprudencias y vulneraciones de la normativa.</p><p></p><p>Entre los usuarios de bicicleta privada uno de los elementos que abre la puerta a sanciones es el incumplimiento del deber de llevar elementos reflectantes y de la señalización luminosa entre la puesta de sol y el amanecer. Esto es obligatorio sopena de una sanción de 60 euros.</p><p></p><p>En bicicleta, cero alcohol</p><p></p><p>¿Cogerías el coche después de salir de fiesta y tomarte 5 copas? No. Pues coger una bicicleta pasado de copas es una de las constantes en la noche madrileña. Salir de una discoteca en la almendra central y, debido a la supresión de los servicios de búho transversales, coger una bici pública e ir con ella hasta Cibeles.</p><p></p><p>Mala idea. No solo por las sanciones de hasta 500 euros en función de la tasa de alcoholemia sino porque siempre, en caso de accidente, el ciclista es el que se lleva la peor parte dado que la carrocería de su vehículo es su propio cuerpo.</p><p></p><p>Y mucho ojo con negarse a la prueba de alcoholemia, que puede suponer una sanción de 400 euros y otra de 240 por desacato con lo cual, la broma de tomar la bici con cuatro copas de más nos puede salir muy muy cara.</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="jota two, post: 12358, member: 371"] Dando una vuelta por internet he encontrado este reportaje sobre la bicicleta y la legislación , no es tan salvaje como el de Castilla La Mancha del compañero Andrés http://www.mtberos.com/general/ufff-ojito-en-castilla-la-mancha/, pero viene bien estar informados...http://ecomovilidad.net/madrid/la-bicileta-y-la-legislacion/ Hace ya unos meses que el servicio de Bicimad funciona con normalidad. Podemos decir, sin miedo a equivocarnos, que la bici pública en Madrid ha supuesto un antes y un después en la presencia de la bicicleta como un actor central en la movilidad, sobre todo en el distrito centro. Sirva como ejemplo acercase a cualquier eje principal y ver pasar, muy de seguido, bicicletas tanto del servicio de Bicimad como cada vez más bicicletas privadas. Pero esta atracción de usuarios que, por norma general, nunca han usado la bicicleta como un elemento de movilidad también ha traído sombras. Y es que muchos desconocen cómo moverse entre el tráfico o, lo que es peor, creen que no están afectos por ninguna normativa generando situaciones de inseguridad. La bicicleta es un vehículo De primero de autoescuela. La bici, al igual que los ciclomotores o motocicletas, es un vehículo. Esto significa que se rige por el Reglamento General de la Circulación como si de un coche se tratase. En consecuencia, el usuario de la bicicleta ha de atender a su señalización propia allí donde esté presente –fundamentalmente carriles bici- y en el caso de que esta sea inexistente se suple por la señalización general. ¿Qué significa esto? Que ese semáforo en rojo hay que respetarlo aunque creas que te puedes incorporar en condiciones de seguridad al tráfico que cruza. Sí, es un fastidio estar esperando entre coches que emiten humos, pero saltarse un semáforo puede suponer una sanción de 200 euros. Idéntico si se rebasa un STOP sin la debida detención: 120 euros de multa. La ordenanza de movilidad hay que cumplirla La ordenanza de movilidad, esa gran desconocida. Esta normativa regula todo aquello no dispuesto en el código de circulación. Es muy recomendable echarle una ojeada porque muchas de las sanciones que puede recibir un ciclista van por aquí. Por ejemplo, un comportamiento cada vez más habitual entre los usuarios de Bicimad es circular a contramano. Un comportamiento que está prohibido salvo que exista señalización habilitante (artículo 39 bis) y que puede tener una sanción administrativa de 150 euros. Otro comportamiento muy habitual y también sancionable (91 euros) es circular escuchando música a través de auriculares. Para otras sanciones entramos en el terreno de la arbitrariedad del agente de turno. Por ejemplo, circular en paralelo está permitido siempre y cuando no se obstaculice la circulación y no se realice en el marco de un carril bus pero ¿Qué es obstaculizar la circulación? Es un concepto tan etéreo y tan abierto a la discrecionalidad de la autoridad que puede devenir en sanción por desacato (240 euros) a poco que se complique la conversación con el agente. Tampoco se puede circular por la acera y/o por las zonas peatonales bajo sanción de 60 euros. Aquí el problema no es tanto la multa sino que nosotros, como ciclistas, podemos poner en riesgo la integridad del siguiente usuario de la vía más débil que nosotros: el peatón. Las indemnizaciones en este caso, por vía judicial, pueden superar ampliamente los 10.000 euros y los tendremos que pagar dado que los seguros no cubren imprudencias y vulneraciones de la normativa. Entre los usuarios de bicicleta privada uno de los elementos que abre la puerta a sanciones es el incumplimiento del deber de llevar elementos reflectantes y de la señalización luminosa entre la puesta de sol y el amanecer. Esto es obligatorio sopena de una sanción de 60 euros. En bicicleta, cero alcohol ¿Cogerías el coche después de salir de fiesta y tomarte 5 copas? No. Pues coger una bicicleta pasado de copas es una de las constantes en la noche madrileña. Salir de una discoteca en la almendra central y, debido a la supresión de los servicios de búho transversales, coger una bici pública e ir con ella hasta Cibeles. Mala idea. No solo por las sanciones de hasta 500 euros en función de la tasa de alcoholemia sino porque siempre, en caso de accidente, el ciclista es el que se lleva la peor parte dado que la carrocería de su vehículo es su propio cuerpo. Y mucho ojo con negarse a la prueba de alcoholemia, que puede suponer una sanción de 400 euros y otra de 240 por desacato con lo cual, la broma de tomar la bici con cuatro copas de más nos puede salir muy muy cara. [/QUOTE]
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